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diciembre 9, 2013 DIA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS – 2013
MUSEO KARURA ART CENTRE
(MKAC)
DIA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
10 de diciembre de 2013
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera “distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios”.
La Asamblea General realiza la Declaración de los Derechos Humanos como el ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
PRESENTACIÓN
El próximo martes, día 10 de diciembre, se celebra en todo el mundo el “Día Internacional de los Derechos Humanos” con el que se conmemora la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la Asamblea General de Naciones Unidas, (1948).
En esta ocasión se ha elegido como lema “20 AÑOS: TRABAJANDO POR TUS DERECHOS”, con el que se hace referencia al vigésimo aniversario de la creación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, (1993), y que desde 2008 lo encabeza la abogada y juez sudafricana Navi Pillay.
Desde este organismo de Naciones Unidas, se vela por el cumplimiento, la difusión y las protección de dichos derechos en todo el mundo, basándose en la Declaración y programa de Acción de Viena, considerado uno de los documentos y acuerdos más relevantes sobre los derechos de las personas.
Puntual a la cita que todos los años tiene el Museo Karura Art Centre, (MKAC), con la celebración de esta efeméride, este año se realizarán en las instalaciones del museo algunos eventos e iniciativas que contribuyan a la difusión de esta fecha: 10 de diciembre.
Como continuación de los textos publicados, desde el MKAC, en ocasiones anteriores, este año se destaca una de las iniciativas, posiblemente, menos conocidas de Naciones Unidas en relación a esta cuestión: el Premio de Derechos Humanos.
PREMIO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS
El Premio de Derechos Humanos, establecido por Naciones Unidas, tiene carácter honorífico y se concede a organismos, instituciones y personas que hayan destacado en el ámbito de los Derechos Humanos, en su defensa y promoción, mediante iniciativas colectivas o individuales, personales, asociativas u organizativas.
Creado en el año 1966, por la Asamblea General de la ONU, se concedió por primera vez en el año 1968, el mismo año en que se celebraba el 20º Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
El premio se entrega cada cinco años con la finalidad, no sólo de recompensar y reconocer públicamente la valía de la labor realizada por los galardonados sino, también, como un llamamiento tanto a los sociedad, en general, como a las personas, en particular, de que es posible, con el esfuerzo de todos, difundir y, sobre todo, preservar y garantizar el contenido de los 30 artículos de los que consta dicha declaración.
Pueden presentarse, y optar a este galardón honorífico, cualquier persona u organismo presentando una candidatura dentro del plazo establecido. Finalizado éste, será un comité quien evalúe y decida a quien se otorga; un comité que está formado por:
El presidente de la Asamblea general.
El presidente del Consejo Económico y Social.
El presidente del Consejo de Derechos Humanos.
El presidente de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer.
El presidente del Comité Asesor.
Entre los galardonados en años anteriores se encuentran: Eleanor Roosevelt, (1968, a quien se le concedió a título póstumo), Manuel Bianchi Gundián, (1968), María Lavalle Urbina, (1973), Taha Hussein, (1973), Martín Luther King, (1978, concedido a título póstumo), Amnistía Internacional, (1978), Comité Internacional de la Cruz Roja, (1978), Nelson Mandela, (1988), Adam Lopatka, (1988), Unión de Mujeres Sudanesas, (1993), Personal Médico del Hospital de Sarajevo, (1993), Jimmy Carter, (1998), Deng Pufang, (2003), Benazir Bhutto, (2008).
GALARDONADOS CON EL PREMIO DE DERECHOS HUMANOS DE LAS NACIONES UNIDAS
AÑO 2013
El próximo martes, día 10 de diciembre, recogerán el Premio de Derechos Humanos en la Sede de Naciones Unidas de la ciudad de Nueva York los siguientes galardonados:
MALALA YOUSAFZAI
Joven pakistaní galardonada por su defensa de la educación y de los derechos de las niñas, por cuya actividad los extremistas musulmanes quisieron asesinarla.
BIRAM DAH ABEID
Mauritano hijo de esclavos libres, presidente de la Iniciativa de ONG contra la esclavitud para el Resurgimiento del Movimiento Abolicionista en Mauritania.
LIISA KAUPPINEN
Filandesa y ex presidenta de la Federación Mundial de Personas Sordas, entre otros cargos que ha ocupado, que además de luchar por los derechos de las personas sordas extendió su labor a la defensa de los derechos de las mujeres y de las mujeres discapacitada.
HILJMNIJETA APUK
Activista kosovar por los derechos de las personas discapacitadas y ex miembro del Comité Ad Hoc de la Asamblea General de la ONU para la redacción de la Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas Discapacitadas.
KHADIJA RYADI
Nacida en Marruecos, fue presidenta de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos y activista en el campo de la igualdad entre hombres y mujeres en su país.
SUPREMA CORTE DE LA JUSTICIA DE LA NACION DE MEXICO
Organismo distinguido con este premio por su decisión de promover los derechos, y la aplicación de los mismos, en su país y por extender su acción a toda Latinoamérica.
MAS INFORMACION
Museo Karura Art Centre, (MKAC). Día Internacional de los Derechos Humanos – 2012
https://mkac.wordpress.com/?s=derechos+humanos+2012
Museo Karura Art Centre, (MKAC). Día Internacional de los Derechos Humanos – 2011
https://mkac.wordpress.com/?s=D%C3%ADa+Internacional+de+los+Derechos+Humanos+%E2%80%93+2011
Museo Karura Art Centre, (MKAC). Día Internacional de los Derechos Humanos – 2010
https://mkac.wordpress.com/?s=D%C3%ADa+Internacional+de+los+Derechos+Humanos+%E2%80%93+2010
Museo Karura Art Centre, (MKAC). Día Internacional de los Derechos Humanos – 2009
https://mkac.wordpress.com/?s=D%C3%ADa+Internacional+de+los+Derechos+Humanos+-+2009
VIDEOS SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS
(10 de diciembre de 2009, por Ketk Petrov)
WEB NACIONES UNIDAS
http://www.ohchr.org/SP/Pages/WelcomePage.aspx
Etiquetas: Amnistia Internacional, arte, arte digital, artistas, Benazir Bhutto, Biram Dah Abeid, celebraciones, conmemoraciones, Cruz Roja, cultura, cultura digital, Días Internacionales., declaración, Derechos Humanos, diciembre, Eleanor Rooselvert, Exposiciones, fotografía, galerías, Hiljmnijeta Apuk, Jimmy Carter, Khadija Ryadi, Liisa Kauppinen, Malala Yousafzai, Martin Luther King, muestras artísticas, museos, Naciones Unidas, Navi Pillay, Nelson Mandela, pintoras, pintores, pintura, Second Life, Suprema Corte de Justicia de la Nacion, vídeos
diciembre 10, 2011 ARTE Y DERECHOS HUMANOS: «DIA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS» (2011)
MUSEO KARURA ART CENTRE
(MKAC)
«DÍA INTERNACIONAL
DE LOS
DERECHOS HUMANOS»
10 de diciembre de 2011
Tras los 63 años transcurridos desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aún no podemos decir que las condiciones de vida, que las discriminaciones o que la vulneración de los derechos, especificados en ella, sean cosa del pasado.
Es suficiente con repasar las noticias publicadas en cualquier tipo de prensa, de cualquier país, para darnos cuenta de que aún queda mucho por hacer en lo que a la preservación de los derechos y deberes más fundamentales se refiere. Sin embargo, el acuerdo tomado en 1948 y la redacción de sus 30 Artículos es, indudable, que ha servido para que las condiciones de vida y las libertades de muchos hayan mejorado considerablemente y para que millones de personas se hayan sentido sensibilizadas en la consecución de esos 30 objetivos.
En los diferentes colectivos que constituyen el mundo de las artes plásticas, son muchas las personas que han dejado su visión particular sobre esta cuestión y, sobre todo, incontables los artistas, contemporáneos o no, veteranos o emergentes, que, consciente o inconscientemente, han dejado constancia de su posicionamiento y de su sensibilidad a través de su creaciones artísticas.
Creaciones realizadas en todos los estilos, técnicas, disciplinas y movimientos artísticos, han materializado las inquietudes reflejadas en esta Declaración Universal de los Derechos Humanos promulgada, hace tres décadas, por Naciones Unidas.
Una escena, un paisaje, una composición…, analizados atentamente, han sido, a lo largo de la Historia del Arte, una especie de invisibles hilos conductores que invitan a la reflexión y al análisis sobre este tema que nos ocupa.
Antoni Tapies, Roberto Matta, Juan Genovés, Martín Chirino, Luis Gordillo, por citar sólo a algunos de esos artistas, son claros ejemplos de su preocupación y compromiso social. No podemos olvidarnos, sin embargo, de artistas de todas las épocas anteriores a 1948 que, en sus obras, trataron temáticas que años más tarde iban a engrosar esa “Ley de Leyes”, aprobada en el marco de la Asamblea General de Naciones Unidas.
El MUSEO KARURA ART CENTRE, (MKAC), quiere, basándose en los párrafos anteriores, unirse un año más a la conmemoración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 10 de diciembre de 2011, desde el ámbito que le corresponde: el del Arte.
Con esa finalidad, ha seleccionado 29 obras de las Historia de la Pintura que, desde el punto de vista de la Dirección del museo, reflejan fielmente el sentido y contenido de cada uno de los primeros 29 Artículos de esta Declaración. Para ilustrar el Artículo 30, se ha elegido, intencionadamente, una imagen que engloba a todos los anteriores y que, a su criterio, no podía ser otra manera.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera “distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios”.
La Asamblea General realiza la Declaración de los Derechos Humanos como el ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Artículo 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
Artículo 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
Artículo 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Artículo 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
«Los derechos humanos son el mayor poema que ha escrito la humanidad»
Juan Genovés
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diciembre 8, 2011 DIA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, (2011)
MUSEO KARURA ART CENTRE
(MKAC)
«DÍA INTERNACIONAL
DE LOS
DERECHOS HUMANOS»
10 de diciembre de 2011
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Adoptada el 10 de diciembre del año 1948, es una de las resoluciones más importantes realizada y esa fecha es la de la conmemoración universal de su celebración.
Corresponde, principalmente al Alto Comisionado para los Derechos Humanos y a su Oficina la labor de coordinar todos los eventos y esfuerzos encaminados a su celebración anual.
En la actualidad, este organismo de Naciones Unidas está dirigido, desde el año 2008, por la jurista sudafricana Navi Pillay, (Navanethem Pillay), quien todos los años por esta fecha emite un comunicado en el que efectúa un breve análisis de los acontecimientos acontecidos en el mundo, en relación a la preservación o no de los 30 Artículos definidos en dicha Declaración, y un aviso y advertencia a su cumplimiento.
La Declaración efectuada hace 63 años, y que consta de un preámbulo y 30 Artículos, establece las libertades y derechos de todos los hombres y mujeres sin que, por el motivo que sea, se establezcan diferencias o distinciones entre ellos.
Este documento ha sido traducido a 380 dialectos e idiomas por lo que se le considera el documento más universal del planeta.
LOS DERECHOS HUMANOS
Se define como tales a todos aquellos derechos inherentes al ser humano, sin distinciones de sexo, nacionalidad, idioma o lengua, ideología religiosa, origen étnico…
Interdependientes, interrelacionados e indivisibles, el respeto y cumplimiento de los Derechos Humanos suelen estar contemplados y garantizados por las leyes del derecho internacional, los tratados internacionales y los principios generales de carácter internacional.
Asimismo, la Declaración de los Derechos Humanos establece las obligaciones de los diferentes gobiernos a tomar que favorezcan su cumplimiento o de abstenerse de actuaciones que los conculquen, violen e infrinjan.
DECLARACION DERECHOS HUMANOS: CONSECUENCIAS
Tras la promulgación de la Declaración de los Derechos Humanos, en 1948, se llevarán a cabo una serie de pactos, leyes y acuerdos que tendrán como objetivos el respeto a los derechos que en ella se mencionan y la preservación de su cumplimiento.
Entre ellos se encuentran los siguientes:
– Declaración de los Derechos del Niño, (1959).
– Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, (1963).
– Ley de Derechos Civiles de E.E.U.U., (1964).
– Convención Internacional sobre la Eliminación de todas Formas de Discriminación Racial, (en 1965).
– Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y culturales, (1966).
– Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, (1966).
– Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, (1967).
– Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad, (1968).
– Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, (1979).
– Convención sobre los Derechos del Niño, (1989).
– Fin de la Segregación en Sudáfrica, (1994).
– Estatuto de Roma. Establecimiento de la Corte Penal Internacional, (1998).
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera “distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios”.
La Asamblea General realiza la Declaración de los Derechos Humanos como el ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
ARTÍCULO 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
ARTÍCULO 2
1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
ARTÍCULO 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
ARTÍCULO 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
ARTÍCULO 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
ARTÍCULO 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
ARTÍCULO 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
ARTÍCULO 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
ARTÍCULO 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
ARTÍCULO 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
ARTÍCULO 11
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.
ARTÍCULO 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
ARTÍCULO 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
ARTÍCULO 14
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
ARTÍCULO 15
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
ARTÍCULO 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.
ARTÍCULO 17
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.
ARTÍCULO 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
ARTÍCULO 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
ARTÍCULO 20
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
ARTÍCULO 21
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
ARTÍCULO 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
ARTÍCULO 23
1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
ARTÍCULO 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
ARTÍCULO 25
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
ARTÍCULO 26
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
ARTÍCULO 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
ARTÍCULO 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
ARTÍCULO 29
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
ARTÍCULO 3o
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
NOTA: Declaración de los Derechos Humanos en inglés y francés:
COMUNICADO DE NAVY PILLARY EN EL 60º ANIVERSARIO DE LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
https://mkac.wordpress.com/2008/12/10/1317
OFICINA ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS
http://www.ohchr.org/SP/Pages/WelcomePage.aspx
VÍDEO DE LA ALTA COMISIONADA PARA LOS DERECHOS HUMANOS, NAVY PILLAY
http://www.un.org/es/events/humanrightsday/2011/video.shtml
WEB NACIONES UNIDAS
CONVERSACIÓN CON LA ALTA COMISIONADA DE NACIONES UNIDAS PARALOS DERECHOS HUMANOS, NAVI PILLAY
El viernes día 9, víspera de la conmemoración del «Día Internacional de Los Derechos Humanos, se ha preparado una conversación con Navi Pillay a través del canal de Transmisiones Web de la ONU, Facebook y Twitter.
En esta ocasión, se establecerá un diálogo mundial con la Alta Comisionada de Naciones Unidas para Los Derechos Humanos y todos aquellos que se unan a este vento.
Hora: 9.30 a 10.30 (hora de Nueva York).
CONMEMORACIÓN Y CELEBRACIÓN EN EL MUSEO KARURA ART CENTRE, (MKAC), DEL “DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS”
AÑO 2009
a) Declaración de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Navi Pillay, (español, inglés y francés).
b) Enumeración de los 30 Artículos integrantes de la Declaración de los Derechos Humanos, en español, inglés y francés.
c) Clasificaciones de los Derechos Humanos: clasificación elemental, clasificación general, clasificación individual, clasificación generacional.
d) Características de los Derechos Humanos.
https://mkac.wordpress.com/2010/04/22/actividades-varias-dia-de-los-derechos-humanos-2009/
e) Vídeos de la exposición realizada en el museo para conmemorar el “Día Internacional de los derechos Humanos. (Dirección por Ketk Petrov)
http://es.youtube.com/watch?v=6ilGcNQp5OI&feature=related
http://es.youtube.com/watch?v=i65qyG2JLfQ&feature=channel_page
http://es.youtube.com/watch?v=WUwXxwbI5NU&feature=related
AÑO 2010
Declaración de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Navi Pillay.
AÑO 2011
a) Declaración Universal de los Derechos Humanos
https://mkac.wordpress.com/2011/12/08/dia-internacional-de-los-derechos-humanos-2011/
b) Comunicado de Navi Pillay, Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
https://mkac.wordpress.com/2011/12/09/5587/
c) Arte y Derechos Humanos.
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septiembre 19, 2011 «BASURA LIMPIA»: EXPOSICIÓN
EXPOSICIÓN
«BASURA LIMPIA»
En el MUSEO KARURA ART CENTRE, (MKAC), se expuso, durante los meses de julio y agosto, la exposición fotográfica, “Basura Limpia”, que forma parte de un proyecto del mismo nombre encabezado por Mauricio Mayorga, curator y artista, y por Edgar Estupiñán, ambos de nacionalidad colombiana, al que se han sumado más de 12.000 personas, instituciones públicas y privadas y diferentes organismos internacionales.
La concienciación y sensibilización sobre el cuidado de nuestro entorno y el establecimiento de vínculos entre el Arte y el Medio Ambiente son, en este proyecto dos de sus objetivos más importantes. Sin embargo, este proyecto está especialmente dirigido a concienciar a los más pequeños, niños y adolescentes; a aquellas personas encargadas de su educación y formación, padres y profesores, y a centros y autoridades educativas, en concreto, con la clara intencionalidad de provocar una reacción que origine la implantación en las aulas y en la familia unos programas oficiales sobre educación ambiental.
El proyecto “Basura Limpia”, y su exposición, está recorriendo diferentes países y, en un interesante y comprometido intento de contar con el respaldo de importantes organismos internacionales, ha sido presentado ante Naciones Unidas para conseguir su apoyo y respaldo oficial, (http://es.calameo.com/read/000559079b06daaf9b7dd).
Además de la exposición, que se exhibió en las instalaciones del MUSEO KARURA ART CENTRE, (MKAC), la Dirección del mismo planificó y organizó, en torno a ella, diversos actos a través de los cuales no sólo se difundió dicho proyecto sino que, también, pretendió conseguir sus máximas: conciencia y sensibilizar.
Entre estos eventos, y para hacer hincapié en la necesidad de una educación ambiental, se realizó a la charla “Educación y Ecología”, a cargo de Annie Rothlisberger, tras la cual se llevó a cabo un interesante debate, y cuyo texto se muestra a continuación.
TEXTO “EDUCACIÓN Y ECOLOGÍA”
“En primer lugar, buenas noches a todos y a todas.
La idea de realizar un debate, una mesa coloquio en relación a la exposición “Basura Limpia”, me pareció una idea muy interesante y no me pude negar a hacer una pequeña presentación, explicar mi experiencia y punto de vista en este tema.
Empezaré diciendo que en mi opinión es un problema que nos afecta de lleno y que todavía, por desgracia, no hay mucha consciencia de ello.
Como curiosidad leí que el año pasado España se encontraba en el noveno lugar de los países que generaban más basura, unos 575 kilos por persona. Aunque se mantenía lejos de Dinamarca, Irlanda, Chipre y Luxemburgo con más de 700 kg por persona; seguidos de Malta, Países Bajos y Austria entre 600 y 700 kg.
Nuestros hábitos respecto al año pasado dudo sean mucho mejores, así que considero que este año 2011 no habrá mucha variación en las cifras finales.
Yo vivo en una pequeña isla donde la población poco a poco va tomando consciencia de la necesidad de reciclar nuestros deshechos domésticos. Aún así, hay gente que sigue sin hacerlo y no ve la necesidad, excusándose en que el contenedor más cercano a su casa es el de residuos orgánicos, negándose a andar unos metros más y llegar al resto de contenedores.
A mi parecer, la limpieza en nuestras calles deja mucho que desear. Papeles, clínex, bolsas, botellas de plástico y cristal… se dejan en la calle, veredas, playas, mar. Pensad que una lata de aluminio tarda más de dos cientos años en descomponerse, los plásticos más de cinco siglos, vasos descartables mil años, en el vidrio el tiempo es indefinido…
Veo a mucha gente impasible, dando la sensación de que se han acostumbrado, no lo ven, no les importa o el problema no es de ellos.
De bueno, os voy a contar, que ayer una vecina con la que había quedado me dijo: “Vengo con la cámara porque en el periódico hay una sección nueva donde puedes colgar fotos y dar a conocer lugares muy descuidados y con basura”.
Subimos muy a menudo a la ciudad antigua por la parte de atrás con vistas a acantilado, mar y murallas árabes pero en vez de disfrutar de esta visión subíamos horrorizadas por toda la basura que encontramos a lo largo de nuestro camino. Así que, con gran ilusión, ayer hicimos de fotógrafas improvisadas.
En mi caso, he sido consciente de que “no veía” la mayor parte de la basura que se deja en el suelo desde que tengo una perra que se lo come todo y he de estar controlando en todo momento la zona por la que estamos pasando y aún así es imposible que no se lleve algo a la boca.
En estos momentos todas las acciones que se lleven a cabo para difundir un comportamiento más comprometido con el medio ambiente son de máxima y vital importancia.
La basura es un recurso abundante que bien llevado puede proporcionar dinero y riqueza, da empleo y convertido en un problema grave e inmanejable, contaminación. Debemos ser contundentes y tomar medidas lo más rápido posible.
Pero entonces, me pregunto ¿qué hacer?, ¿qué hábitos podemos cambiar y cómo hacerlo?
La educación medio ambiental es un proceso en el cual nosotros, la población, tomamos consciencia de la problemática Ambiental tanto a nivel mundial como a nivel del medio donde vivimos. Se nos proporcionan los conocimientos para que seamos capaces de participar activamente en su protección y mejoramiento.
Entonces es necesario buscar herramientas para educar a la ciudadanía.
Los diferentes medios de comunicación actual como son la radio, la televisión, internet, y como no mencionar Second Life, el programa virtual que nos brinda la posibilidad de hacernos llegar a través del MUSEO KARURA ART CENTRE, (MKAC) la exposición fotográfica “Basura limpia”.
Todos estos medios favorecen la transmisión de noticias e información ambiental, e igualmente favorecen la publicidad de actividades y días relacionados con el cuidado y conservación del entorno.
Como curiosidad os comentaré que se realizó un estudio tras el visionado de tres documentales. El primero era un documental tradicional, el segundo uno de denuncia y en el tercero se presentaba la denuncia como una película. Se entrevistó a los espectadores justo después del visionado y quince días después. Entonces se comprobó que en el tercero, los espectadores se habían enganchado de manera más profunda con la historia y se había jugado con el aspecto emocional del espectador.
En definitiva, con este trabajo de investigación, se llegó a la conclusión de que la película es la manera más idónea para llegar a crear opinión pública.
El día de la inauguración de la exposición “Basura Limpia”, alguien dijo que la educación debe partir de las escuelas.
Estoy totalmente de acuerdo con esta afirmación.
Si muchas personas adultas no están muy enteradas de cómo se debe reciclar, se comprende que gran cantidad de niños también lo desconozcan.
Teniendo en cuenta lo dicho se deben comenzar a impartir en las escuelas asignaturas o talleres en los cuales se traten las 3 R:
Reducir
Si reducimos el problema, disminuimos el impacto en el medio ambiente, (por ejemplo poner lavadoras y lavavajillas llenos y no a media carga, desconexión de aparatos eléctricos en stand by, reducir la emisión de gases contaminantes, producir productos sin contaminantes, 100% biodegradables, para que cuando acabe su vida útil no tenga impacto en el medio, o éste sea lo más reducido posible).
Reutilizar
Segunda erre más importante, igualmente, debido a que también reduce impacto en el medio ambiente, indirectamente. Ésta se basa en reutilizar un objeto para darle una segunda vida útil.
Todos los materiales o bienes pueden tener más de una vida útil, bien sea reparándolos para un mismo uso o con imaginación para un uso diferente, (por ejemplo, utilizar la otra cara de las hojas impresas, rellenar botellas…).
Reciclar
Ésta es la erre más popular debido a que el sistema de consumo actual ha preferido usar envases de materiales reciclables, (plásticos y bricks, sobre todo), pero no biodegradables. De esta forma se genera empleo en el proceso. Como ejemplo: El vidrio y la mayoría de plásticos se pueden reciclar calentándolos hasta que se funden, y dándoles una nueva forma.
Hoy en día, ya hay muchos colegios que están sensibilizados con el medio ambiente y han incorporado en sus programaciones actividades que promueven la conservación y cuidado del medio ambiente.
Por un lado hablaríamos de los talleres y salidas que son ofrecidos por el Ayuntamiento, Consejería de Educación y grupos ecologistas. Tenemos:
– talleres de reciclaje, de ecología,
– charlas sobre animales protegidos,
– visitas a los bosques y playas en las que nos acompañan educadores,
– visionado de vídeos,
– juegos de ordenador…
– …
Y por otro lado, tenemos los buenos hábitos que son trabajados y vivenciados diariamente en las aulas y a nivel de centro:
– se intenta reducir al máximo el uso de papel aprovechando las dos caras de las hojas
– se recomienda usar tapers tamaño bocadillo en vez del papel albal diario y cantimploras reutilizables en vez de los tetra bricks o botellas de plástico
– las hojas de papel que no sirven pero que todavía son en parte aprovechables se dejan en una bandeja y son usadas por la clase como borrador o para hacer cuentas
– con el papel de aluminio que los niños traen se hace una bola, (pelotita a nivel de clase), y gana el aula que tiene la bola a final de curso más pequeña
– se realizan trabajos manuales con material desechable
– un niño o niña es el encargado semanalmente de revisar que al salir de clase las luces quedan apagadas
– y, por supuesto, en cada aula encontramos tres papeleras, una para la basura orgánica, otra para el plástico y otra para el papel.
No voy a negar que todavía existen centros de enseñanza en los que se trabaja muy poco acerca de esta cuestión pero, por suerte, cada día son menos.
Es evidente que si los padres no tienen esa consciencia no se la pueden transmitir a sus hijos, por lo tanto, la educación ambiental en los colegios cobra vital importancia.
El medio ambiente es un tema que está cobrando importancia y que debe estar en el aula.
Concluiré mi exposición, dando paso al coloquio entre todos nosotros, reiterándome en que todas las acciones que se realicen para hacer llegar a la población el problema ambiental son de máxima urgencia y necesidad; y a partir de aquí, dotar a la población de la información necesaria de como mejorar el problema presente y prevenirlo en un futuro.
Muchas gracias.”
Annie Rothlisberger.
EXPOSICIÓN “BASURA LIMPIA”
ARTISTAS PARTICIPANTES Y OBRAS.
Jaison Castillo
Paul Coleman
Gerald Dilley
Edgar Estupiñan
Mauricio Mayorga
Beatriz Nones
Carlos Mario Sarmiento
David Thayer
VÍDEO DE LA EXPOSICIÓN
http://www.youtube.com/user/KetkPetrov#p/a/u/1/VFPSxBBASOU
Etiquetas: arte, arte digital, artistas, Beatriz Nones, Carlos Mario Sarmiento, cultura, cultura digital, David Thayer, Edgar Estupiñan, Exposiciones, fotógrafos, fotografía, galerías, Gerald Dilley, Jaison Castillo, Mauricio Mayorga, muestras artísticas, museos, Paul Coleman, Second Life
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junio 5, 2011 15M: EXPOSICION «COMANCHES DE SOL»
«COMANCHES DE SOL»
Amanece en Sol el espíritu de una revolución social pacífica, que se extiende por decenas de pueblos y ciudades españolas, pidiendo una transformación y un cambio político, económico y social.
Como toda revolución, trae consigo la unión de intereses comunes y utópicos de un grupo de jóvenes, y no tan jóvenes, que consideran que las injusticias y desequilibrios sociales se pueden, y se deben, combatir desde la palabra, la tolerancia y la unión.
No son anti-sistema, por más que algunos se empeñen en tacharlos de ello; saben que el sistema democrático es necesario para la convivencia y el desarrollo individual y colectivo pero, también, saben que este sistema se puede cambiar y modificar, que es posible hacerlo, y que debe adaptarse a las necesidades y características reales de cada sociedad en concreto.
Movimientos sociales de similares características, son los que han ocasionado, a lo largo de la historia, profundos cambios sociales que, a su vez, inciden en artistas y creadores provocando revoluciones artísticas locales y universales.
La década de los 60, por ejemplo, fue prolífica en esos cambios sociales que propiciaron el surgimiento de movimientos artísticos tales como el informalismo, el espacialismo, la pintura gestual, el arte matérico, el pop art, el arte conceptual…
Los artistas ensayaron con nuevos lenguajes de expresión, técnicas experimentales, fórmulas innovadoras y rompedoras de comunicación a través de las artes plásticas y, en definitiva, se buscaron una apertura hacia nuevos horizontes artísticos que ellos redefinieron a través de sus obras.
Amanece en Sol… y en talleres y estudios artísticos sus dueños tratan de reflejar, por medio de diferentes materiales, estilos y técnicas, la sintetización de lo que acontece en la calle, en la sociedad.
La Dirección del MKAC ha preparado una muestra en la que quedan reflejados inconformismos, ilusiones, preocupaciones y esperanzas al grito unánime de los indignados y de quienes les apoyan.
La decisión de realizar esta muestra no fue fácil de tomar e, incluso, estuvo a punto de no realizarse.
Era evidente que, de organizarla, tendría que ser inaugurada tras la convocatoria electoral del pasado día 22 de mayo. Lo complicado fue, sin embargo, evaluar si, a pesar de ser preparada para incitar a meditar sobre la incidencia de las convulsiones y cambios sociales en los movimientos artísticos, el público, quedándose en la superficie de la muestra, no la tacharía de oportunista.
La decisión última la tomó, indirectamente el pasado domingo 22, un sesudo tertuliano televisivo, conocido periodista español, al referirse a los “indignados” como “los comanches de Sol”.
Tras escuchar esa expresión, estaba claro que esta muestra debía realizarse para perseguir su objetivo inicial pero, también, como muestra de respeto a los “comanches de Sol”, gracias a los cuales yo puedo seguir mi rutina diaria y el sesudo tertuliano puede mantener su puesto de trabajo y opinar y escribir sobre ellos.
La exposición, por primera vez en casi tres años de existencia del museo, no contiene textos informativos ni explicativos, a excepción del Manifiesto que el movimiento 15-M, “Democracia Real Ya”, ha emitido el día 15 de mayo de 2011 y está ubicada en Edificio SCHUMANN del museo.
Preside la exposición el cuadro de Henri Rousseau, (1844-1910), “La Libertad invitando a los artistas a tomar parte en 22ava exposición de los independientes”, (1906).
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diciembre 10, 2010 DIA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, (2010)
DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
2010
Un día como hoy, 10 de diciembre, del año 1948 fue aprobada, por la Asamblea General de la ONU, la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Con esta iniciativa, se pusieron en marcha distintos mecanismos e instrumentos con los que, desde entonces, se lucha contra las diferentes formas de injusticia y con los que, también, se hace frente a la violación de cada uno de sus 30 artículos.
Este año, el día de hoy se dedica a la lucha contra la discriminación en todas sus manifestaciones.
DECLARACIÓN DE LA ALTA COMISIONADA PARA LOS DERECHOS HUMANOS, NAVI PILLAY
“DÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS»
10 de diciembre de 2010
«Desde el establecimiento de las Naciones Unidas hace más de 60 años, se han producido importantes avances en la creación e implementación de un sistema universal de derechos humanos derechos que son, según la legislación internacional, aplicables a cada persona: ancianos y ancianas, jóvenes, hombres y mujeres, ricos y pobres, sin importar quiénes somos o de dónde somos.
Conocemos los nombres de quienes han cambiado la historia de los derechos humanos: quienes estuvieron en la vanguardia de la lucha para abolir la esclavitud, como William Wilberforce; quienes fraguaron los principales avances en los derechos de las mujeres, como Gloria Steinem, Huda Shaarawi y Simone de Beauvoir. También conocemos a quienes se enfrentaron a la injusticia del colonialismo, como Mahatma Gandhi, y quienes como Martin Luther King, Nelson Mandela y Rigoberta Menchu hicieron campaña para poner fin al racismo institucionalizado y la discriminación de las minorías y los pueblos indígenas.
Pero estas figuras inspiradoras no hubieran podido hacer lo que hicieron sin la ayuda de muchos otros cuyos nombres no conocemos. Los esfuerzos para poner fin a la esclavitud duraron mil años, y aún continúan con personas adultas e infantes con quienes se trafica para explotarles sexual y laboralmente. Después de una colosal lucha de más de 150 años, las mujeres se han ganado el derecho al voto en casi todo el mundo, pero todavía carecen de muchos otros derechos.
Les debemos el progreso que hemos logrado a los enormes esfuerzos de cientos de miles de héroes en gran medida olvidados y olvidadas, conocidos y conocidas colectivamente como defensores y defensoras de los derechos humanos.
Las y los defensores de los derechos humanos provienen de todas las esferas de la sociedad, desde princesas y políticos hasta profesionales como periodistas, docentes, doctores y doctoras, así como personas con poca o ninguna educación formal. No existen calificaciones especiales. Todo lo que se necesita es compromiso y coraje.
Todas las personas podemos ser defensoras de los derechos humanos y dado lo mucho que debemos a quienes han luchado por los derechos, que muchos de nosotros y nosotras damos ahora por sentado – todas y todos deberíamos ser defensores y defensoras. Al menos, debemos esforzarnos al máximo para apoyar a quienes sí defienden los derechos humanos. Todos los años, miles de personas defensoras de los derechos humanos son acosadas, abusadas, encarceladas injustamente y asesinadas. Es por eso que el Día de los Derechos Humanos de 2010 está dedicado a las y los Defensores de los Derechos Humanos y a su valiente lucha para poner fin a todos los tipos de discriminación. Necesitamos defender sus derechos al igual que ellos y ellas defienden los nuestros.
Algunas de las personas detenidas injustamente se convierten en el centro de los esfuerzos internacionales para lograr su liberación. Esta atención puede darles una medida significativa de protección física, incluso cuando no siempre se logra su rápida liberación. Pero la mayoría de las personas detenidas por autoridades represivas, languidecen en gran parte desapercibidas en las prisiones, bajo arresto domiciliario, en ‘centros de reeducación.’ A menudo sus familias también son acosadas.
Algunas personas defensoras de quienes han sido asesinados y asesinadas como la periodista rusa Anna Politkovskaya, abatida frente a su apartamento en 2006, y Floribert Chebeya Bahizire, el defensor congolés de los derechos humanos encontrado muerto en su auto a principios de este año – son recordadas y veneradas. Pero muchos de las y los defensores menos conocidos que son asesinados y asesinadas por creer en los derechos humanos continúan siendo desconocidos para el resto del mundo.
El trabajo de las y los defensores de derechos humanos es tan vital actualmente como lo ha sido siempre, porque cada día, cientos de millones de personas todavía son víctimas directas o indirectas de alguna forma de discriminación.
Existen aproximadamente 370 millones de personas indígenas en el mundo, una gran mayoría de ellas enfrentan la discriminación. Incluso en el mundo desarrollado, la esperanza de vida de algunos grupos de infantes indígenas es de hasta 20 años menos que la de las y los niños no indígenas.
Las minorías sufren disparidades similares. En América Latina, por ejemplo, las aproximadamente 150 millones de personas de ascendencia africana tienden a estar atrapadas en la pobreza en un grado mucho mayor que otros sectores de la población. Igualmente, de los cerca de 650 millones de personas con discapacidad, más de dos tercios (426 millones) viven por debajo de la línea de pobreza en los países en desarrollo.
Las mujeres – la mitad de la población mundial todavía enfrentan una discriminación desenfrenada en algunas sociedades y formas más sutiles en otras. Una de las más alarmantes de muchas estadísticas deprimentes al respecto es que el 70 por ciento de los 70 a 100 millones de infantes que no asisten a la escuela son niñas.
Cerca de 100 millones de personas son arrastradas a la pobreza cada año porque tienen que pagar los servicios de salud. En muchos países, las y los niños de hogares pobres tienen 10 veces menos probabilidades de ser vacunados que aquéllos cuyos padres tienen una mejor situación económica, y las mujeres pobres tienen 20 veces menos probabilidades que el 20 por ciento de las mujeres más ricas de dar a luz en presencia de personal médico capaz de salvarles la vida.
Los más de 20 millones de migrantes en todo el mundo, especialmente las personas migrantes irregulares e indocumentadas, enfrentan el racismo, la xenofobia y otras formas crónicas de discriminación, tanto en los países desarrollados como en las naciones en desarrollo.
Éstos son algunos de los desafíos desalentadores que enfrentan las defensoras y los defensores de derechos humanos de hoy y de mañana. Deseo rendir tributo a su determinación desinteresada. Ellos y ellas trabajan infatigablemente en todos los problemas antes mencionados y muchos más – por ejemplo, la orientación sexual y los derechos de las personas sin patria, las personas ancianas y las personas que viven con el VIH.
Falta un importante grupo de estadísticas: no tenemos idea de cuántas personas defensoras de los derechos humanos hay, o cuántas de ellas son intimidadas, acosadas, golpeadas, encarceladas o asesinadas cada año. Tampoco hemos logrado desarrollar métodos para medir sus éxitos, que a menudo son atribuidos a Gobiernos que finalmente les escuchan o ceden ante sus presiones. Necesitamos hacer un trabajo mucho mejor para defender a nuestros defensores y defensoras.
El siglo XXI es testigo del surgimiento de nuevas fuerzas económicas y políticas, que, al igual que otras antes que ellas, enfrentarán la responsabilidad de promover el desarrollo dentro y fuera del país, y a la vez ser responsables de sus actos. Las personas defensoras de derechos humanos desempeñarán un papel fundamental en este proceso al señalar las fallas y los beneficios en las políticas y medidas actuales y futuras. Sin embargo, a pesar de los beneficios que traen a la sociedad, en algunas partes del mundo enfrentan más acoso, persecución y restricciones en sus actividades, especialmente la libertad de expresión.
En este Día de los Derechos Humanos, exhorto a los Gobiernos a reconocer que la crítica no es un delito, y a liberar a quienes han sido detenidos y detenidas por ejercer pacíficamente sus libertades fundamentales para defender los principios democráticos y los derechos humanos.»
(Más información en MONOGRAFÍAS.)
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